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Seguro de gastos de cancelación de viaje en caso de situaciones de emergencia

Seguro de gastos de cancelación de viaje en caso de situaciones de emergencia

El seguro de gastos por cancelación te protegerá ante situaciones de emergencia o cambios inesperados de planes que te impidan coger tu vuelo programado. En este caso, el Asegurador te reembolsará el importe total del billete.

¡Advertencia!

El Asegurador asume la responsabilidad hasta el importe asegurado indicado en los documentos del seguro, pero hasta un valor equivalente a 5.000 euros.

 

¿Qué cubre el seguro?

El Asegurador reembolsará al Asegurado los gastos ocasionados por la cancelación del billete de avión si esta se produce por las siguientes causas:

  • Si se trata de un accidente que dé lugar a la hospitalización inmediata del Asegurado o limite de forma significativa su movilidad autosuficiente.
  • Si el Asegurado sufre una enfermedad grave y repentina que requiera hospitalización inmediata y cuya recuperación no sea posible antes del viaje planeado del Asegurado.
  • Si un familiar del Asegurado sufre una enfermedad grave y repentina o un accidente que requiera hospitalización inmediata y cuya recuperación no sea posible antes del viaje. También si la situación requiere la presencia del Asegurado en el territorio de España o en el país de residencia permanente del Asegurado.
  • En caso de enfermedad repentina o accidente de un familiar del Asegurado que provoque una limitación significativa de su movilidad autónoma (es decir, incapacidad para desplazarse o para desenvolverse sin la ayuda de otras personas durante el período de salida previsto) en el que se requiera la presencia del Asegurado en el territorio de España o del país de residencia, confirmada por un médico.
  • Si tiene un embarazo de riesgo, complicaciones relacionadas con el embarazo del Asegurado o del cónyuge/pareja del Asegurado, que den lugar a al menos una semana de hospitalización durante un viaje al extranjero o dentro de los 7 días inmediatamente anteriores a la fecha de salida. El Asegurador es responsable del transporte prematuro del Asegurado o del cónyuge del Asegurado que sea copartícipe en el viaje del Asegurado. Por este motivo, la responsabilidad del Asegurador depende de la condición de que en el momento del contrato el Asegurado y/o cónyuge del Asegurado estuviera embarazada de un máximo de 8 semanas, o de que el curso de los acontecimientos se convierta en motivo de cancelación del billete de avión que se haya producido a más tardar antes del final de la semana 24 de embarazo.
  • Fallecimiento del Asegurado o de un miembro de su familia. 
  • Enfrentarse a un incidente grave e imprevisto en su residencia habitual en el territorio de España o en un país de residencia permanente como consecuencia de un incendio, una catástrofe natural o un delito, en el que la presencia personal del Asegurado sea necesaria.
  • Robo de documentos necesarios para el viaje, por ejemplo, pasaporte, documento de identidad, visado de entrada, siempre y cuando el robo se haya producido en un plazo máximo de 14 días antes de la fecha de salida y haya sido comunicado a las autoridades competentes.
  • Robo o incendio de un vehículo propiedad del Asegurado en su lugar de residencia que hace necesaria la realización de acciones administrativas y judiciales que requieran la presencia del Asegurado en el país de residencia, siempre y cuando el evento se produzca dentro de los 14 días inmediatamente anteriores a la fecha de salida.

Los consejos y sugerencias en el articulo y artículos relacionados son auxiliares para propósitos de información y no deberían considerarse como base para ningún reclamo contra eDestinos.com.pr.

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